lunes, 23 de abril de 2018

¿Usted es contratista? Conozca lo que cambió en el pago de su seguridad social

SEMANA le explica el fallo que obliga al Gobierno a
reglamentar un artículo para que empleadores descuenten 
la seguridad social mes vencido y no anticipadamente como 
ocurre hoy. ¿Que implicaciones tendrá la medida?
Fallo sobre seguridad social para empleados por prestación de servicios ¿Usted es contratista? Conozca lo que cambió en el pago de su seguridad social
(Aporte de Rafael Pullido Torez)

Un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca cambiaría un proceso fundamental que asumen mes a mes miles de empleados contratados mediante la figura de prestación de servicios. La sección primera de este tribunal le ordenó el martes al Gobierno reglamentar en un plazo de 4 meses el artículo 135 del 2015, que indica que la seguridad social de dichos contratistas debe descontarse mes vencido y que deben hacerlo directamente las entidades contratantes.
Esta medida que está aprobada por el Plan de Desarrollo de este Gobierno le daría un vuelco a la figura de quién paga la seguridad social y cuándo lo hace. Además, sería un paso hacia adelante para reinventar el modelo de contratación actual.
Esta medida aprobada por el Plan de Desarrollo de este Gobierno le daría un vuelco a la figura de quién paga la seguridad social y cuándo lo hace.
Hoy por hoy, este tipo de trabajadores deben pagar por sí mismos la planilla de salud, pensión y ARL por anticipado, una vez hecho deben pasar una cuenta de cobro y esperar a que se efectúe para que les cancelen el sueldo por el trabajo realizado. Sin embargo, no suena lógico que al no recibir un sueldo fijo y hacer un trabajo por primera vez, se pague por adelantado una planilla para ser remunerados.
Las instituciones tanto públicas como privadas ya no podrían exigir ese pago por adelantado, y tendrían que hacer directamente el descuento de la seguridad social del sueldo que le pagarán a su contratista. Así las cosas, el fallo indica que los empleadores pagarán la salud y pensión de su contratado aunque (no cambia) con el dinero de su mismo sueldo.
La noticia suena alentadora para los miles de trabajadores públicos y privados que son contratistas bajo esta modalidad en todo el país, sin embargo, a pocos meses de que se posicione un nuevo gabinete surge la pregunta de si el Gobierno dilatará el proceso o si en cambio lo asumirá. Y es que tienen plazo hasta el próximo viernes para apelar el fallo, y aunque esté dispuesto en su Plan de Desarrollo, implicaría que en tiempo record se haga cumplir lo que no se hizo en tres años.
La representante Angélica Lozano, que encabezó la lista de congresistas del Partido Alianza Verde que interpusieron la demanda, le pide al Gobierno no apelar y sí en cambio que “se concentre en cumplir el Plan Nacional de Desarrollo de su propio Gobierno”, y agrega que en caso de hacerlo lo único que lograrían sería “dilatar el cumplimiento puesto que ya no regiría a partir de agosto sino que quedaría en incertidumbre, y con seguridad, también hacia el futuro”.

1 comentario:

  1. Esta medida tiene sus ventajas y desventajas:
    por un lado me gusta la idea que se pague mes vencido ya que los contratistas podrán tener un mejor manejo de su dinero, no tendrán que pedir prestado para poder solventar el pago de la planilla de seguridad social, pero por otro lado no debería estar a cargo este pago por parte del contratante por que no hay garantías que este cumpla con su obligación o que lo haga en el tiempo necesario.

    (Aporte de Yesenia Navas B)

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