Para iniciar con la contextualización del interrogante anteriormente planteado hace necesario el abordar los siguientes conceptos:
(Aporte de Juan Pablo Poveda)
CONTRATO'DE'TRABAJO: El trabajo regulado por la ley laboral colombiana hace referencia a toda actividad que una persona natural desarrolla de forma libre, consiente, permanente o transitoria,material o intelectual,en servicio de otra; lo cual genera una relación laboral, que debe ser ejecutada y garantizada a través de un contrato de trabajo.
Según el Código Sustantivo del Trabajo en su articulo 22, “El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continua subordinación de la segunda y mediante remuneración”. Quien presta el servicio se denomina trabajador empleado, quien lo recibe y remunera, empleador empleador y la remuneración,cualquiera que sea su forma,salario.
Según el Código Sustantivo del Trabajo en su articulo 22, “El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continua subordinación de la segunda y mediante remuneración”. Quien presta el servicio se denomina trabajador empleado, quien lo recibe y remunera, empleador empleador y la remuneración,cualquiera que sea su forma,salario.